Conferencia de Julián Marías, premiada en El Escorial, en el Curso de Verano de la Fundación Institucional Española, el año 1995.
En el texto de la conferencia se realizan varias afirmaciones que hay que tener en cuenta:
1º Esta Monarquía estableció la democracia —no al revés, y esto es importante—
2º Tendrá que haber un Rey español de fines del siglo xx. ¿No seremos capaces de un poco de originalidad? Hubo una voluntad de que se eliminara toda originalidad. A ello me opuse tenazmente, porque la originalidad era la condición de la autenticidad.
3º Falta el desarrollo legal de las facultades y deberes del Rey establecidos en la Constitución.
4º La Constitución exige desarrollos mediante leyes orgánicas que la expliciten y hacen posible su funcionamiento; pero es curioso que ha habido una apatía, una inhibición para desarrollar las funciones correspondientes al Rey. Algunos han querido que el Rey no tenga facultades; y otros no se han atrevido a plantearlo; la convergencia de una voluntad negativa y un extraño temor han impedido que se desarrolle plenamente la figura del Rey establecida por la Constitución.
5º El Rey no puede rebasar sus funciones propias, pero estas no pueden ser invadidas por otros poderes. Esto es capital: la clave de la política es precisamente el equilibrio de poderes, la pulcritud con que cada uno se atiene a lo que le corresponde; la invasión de lo ajeno conduce a situaciones de ilegitimidad, en un sentido o en otro.
6º Pero me parece necesario hacer constar que el Rey no ha podido impedir el deterioro que en muchos aspectos se ha producido después en España. Ha habido actos políticos y actos personales que han contribuido a ello. Creo personalmente que no se puede aceptar que el Rey tenga menos derechos que los demás españoles. Y esto es lo que de un modo tácito se ha dejado circular. El Rey tiene limitaciones en el ejercicio de su poder; sus actos políticos tienen que estar refrendados constitucionalmente por el Gobierno. Pero esto no quiere decir que carezca de derechos. Hay actos políticos, regulados por la Constitución, y actos personales, que la misma Constitución establece y garantiza. No es imaginable que el Rey carezca de los derechos que la Constitución establece para todos los españoles. A la expresión de las creencias, de las ideas, de los sentimientos, de las estimaciones. No recuerdo en este momento que nadie haya dicho que el Rey tiene estos derechos —es tan evidente, que casi da vergüenza decirlo—.